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La Comibol anuncia procesos penales por actividad minera en el Cerro Rico

A partir de sentencias constitucionales y una Resolución Ministerial, el Poder Judicial declaró prohibida cualquier actividad minera sobre la cota 4.400, y delegó a la Comibol y al Ministerio de Minería hacer cumplir la normativa.

La Comibol comunicó que cualquier actividad minera sobre la cota 4.400 del Cerro Rico de Potosí (zona declarada prohibida) será castigada con procesos penales, y los infractores tendrán que asumir las consecuencias.

La advertencia fue lanzada por el gerente regional de la Corporación Minera de Bolivia (Comibol) en Potosí, Iván Fuertes.

“Estamos trabajando en el tema técnico, haciendo las mensuras (en interior como exterior mina), tapiando (cerrando) los parajes de malos trabajos. Las mensuras son para identificar a los autores que están ocasionado los hundimientos y, una vez identificados, serán procesados de acuerdo a la ley”, afirmó Fuertes.

La mensura de una mina implica medir, ubicar y documentar, mediante planos, los límites de un terreno minero, ya sea en superficie o subterráneamente, en función de un contrato jurídico que origina la propiedad (título de propiedad o concesión).

A partir de sentencias constitucionales y una Resolución Ministerial, el Poder Judicial declaró prohibida cualquier actividad minera sobre la cota 4.400, y delegó a la Comibol y al Ministerio de Minería hacer cumplir la normativa.

Desde hace cuatro años, la Comibol viene cerrando minas sobre la cota 4.400 y reubicando a los operadores mineros en otros yacimientos. Desde entonces, aproximadamente el 80% de 56 bocaminas que operaban en la cima fueron inhabilitadas.

No obstante, en los últimos dos años, las incidencias geológicas aumentaron significativamente debido a la explotación no planificada en el cerro.

AEP

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